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Protección integral de los derechos de la Infancia en Chile

por Araceli Espinoza, Basel

Abogada U. Católica de Temuco. Diplomada en Niñez y Políticas Públicas U. de Chile



Chile ratificó la Convención Internacional de los Derechos del Niño en el año 1990, lo que significa que como Estado parte o firmante de este tratado internacional se comprometió, desde ese momento, a garantizar las condiciones internas para que estas normas se respetaran en todo su territorio, incluyendo cambios legislativos y políticas públicas adecuadas.


Si bien desde aquella época ha habido en Chile avances importantes en la protección de los derechos de la infancia, como la dictación de varias leyes en la materia y la creación de servicios públicos especializados, hay un sector de la población chilena menor de 18 años que sigue postergado y fuera de la esfera de protección de la Convención, y respecto del cual el Estado chileno ha sido completa y sistemáticamente negligente. Son los niños, niñas y adolescentes que habitan en el país Mapuche (Wallmapu en idioma vernáculo).


En esta zona del país aún existe un fuerte conflicto territorial con el Estado chileno, que se ha negado a reconocer el hecho que en Chile existe más de una nación y, por consiguiente se ha rehusado a aceptar la autonomía de los pueblos originarios. Aún aguardamos por el reconocimiento constitucional de Chile como Estado Plurinacional.


Por otra parte, la diversidad cultural en el establecimiento de las políticas públicas para la infancia y la adolescencia ha sido considerada, tanto en los programas de educación como de salud, sólo muy marginalmente.


Podría enumerar una larga lista de derechos que les están siendo vulnerados a los niños, niñas y adolescentes en el Wallmapu, pero me limitaré aquí a señalar que lo más grave es que quien vulnera estos derechos es precisamente quien debería ser su garante principal: el Estado de Chile, representado por su gobierno.


Afirmo esto porque la decisión del Gobierno chileno de dirigir una intervención militarizada en tierras ancestrales Mapuche no puede considerarse sino vulneradora de los Derechos de la Infancia y Adolescencia que las habita. Prueba de ello son los allanamientos frecuentes a viviendas familiares o a escuelas, sin contar la enorme cantidad de detenciones a menores de edad que se han realizado en las mismas condiciones que las de los adultos.


Es aquí donde una vez más se evidencia el doble discurso de los gobiernos chilenos. Por un lado, condenan y criminalizan la pretensión de recuperación de territorios ancestrales de los pueblos indígenas, señalando que su autonomía es impracticable y antijurídica. Señalan que al ser habitantes del territorio se les deben aplicar las mismas normas que al resto de los chilenos. Pero paralelamente, los niños, niñas y adolescentes Mapuche en zonas de conflicto quedan fuera de la protección del Estado chileno, al no disponer de medidas efectivas para propiciar su desarrollo integral en las mismas condiciones que los demás.


Cuando un Estado no es capaz de garantizar la protección de un sector vulnerable de su población y además actúa sistemáticamente con negligencia en esa tarea, está violando indirectamente los derechos de ese grupo de sus habitantes.


Después de leer diversos artículos y trabajos de investigación de profesionales de diferentes áreas que se han preocupado de recoger datos en las comunidades en conflicto, se evidencia claramente que los Mapuche sólo son chilenos/as cuando los criminalizan o acusan de delito.


Al Estado chileno sólo le interesa aplicarles la ley penal en “igualdad” de condiciones. Pero pareciera que en el Wallmapu jamás ha entrado en vigor la Convención Internacional de los Derechos del Niño.




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